31 de diciembre de 2021 / 7 Noticias Tlaxcala
Las personas que acudan ante los Institutos deben presentar todos los documentos requeridos y si es aprobada les brindarán el pago unos días después
La pensión de viudez es otorgada a la esposa o esposo de la persona asegurada que haya fallecido por riesgo de su trabajo o por invalidez. De igual forma la puede solicitar la pareja con la que estuvo en concubinato la cual debe demostrar que tuvo hijos con el pensionado.
Para solicitar la pensión por viudez tanto en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) la persona interesada debe cumplir con una serie de requisitos para poder obtener el apoyo.
¿Cuáles son los requisitos para tramitar pensión por viudez?
* En el caso de hacer el trámite ante el IMSS, al momento del fallecimiento de la persona asegurada debe tener mínimo de 150 semanas de cotización; en caso de que se trate de trabajos de alto riesgo no se requiere este tiempo.
* Cuando el asegurado falleció por causa de riesgo de trabajo, la persona que solicite la pensión debe presentar un dictamen de incapacidad permanente o de defunción por riesgos de trabajo, este documento lo otorgan los servicios médicos institucionales.
* El pensionado debe tener estado vigente en sus derechos con el IMSS.
* La esposa o esposo viudo debe llevar el acta de matrimonio con el fin de acreditar el el vínculo.
* En el caso de la concubina viuda tiene que acreditar la relación de concubinato.
¿Cuáles son los documentos para hacer el trámite?
* Si la esposa es la que realiza el trámite debe presentar el acta de matrimonio.
* Para la persona con la que vivió en concubinato los documentos son una copia certificada de la resolución, la cual debe ser emitida por una autoridad judicial, con el fin de que acredite la relación de concubinato durante los 5 años que precedieron antes de la muerte de su pareja.
La esposa o concubina tiene que llevar un estado de cuenta a su nombre que contenga la CLABE interbancaria y el número de cuenta.
Llevar los documentos del pensionado: su Registro único de Población (CURP), una identificación emitida por el Afore, IMSS o el Infonavit, su estado de cuenta del afore, la identificación oficial con fotografía, un comprobante de domicilio no mayor a tres meses, RFC, acta de defunción y de nacimiento.
Para realizar el trámite la persona interesada debe acudir a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) o en la Subdelegación de adscripción en un horario de 8:00 a 17:00 horas que le fue asignada al trabajador fallecido. Es importante que lleve un documento del IMSS o del Infonavit que contenga el Número de Seguridad Social (NSS).
Si la persona que hizo el trámite le dieron el aprobación de la pensión; el pago será de forma inmediata y lo otorgarán entre los primeros10 días hábiles posteriores.
Requisitos para hacer el trámite en el ISSSTE
Los documentos que debe presentar la esposa son:
Una Identificación oficial vigente
Acta de defunción del pensionado finado y su identificación oficial
La acta de matrimonio
Acta de nacimiento
El CURP
Acta de defunción del pensionado finado
El comprobante de pago del pensionado finado
Los documentos que debe llevar la persona con la que estuvo en concubinato son:
Una identificación oficial
La acta de defunción del pensionado finado y la identificación oficial
El juicio de concubinato promovido ante juzgado familiar posterior al fallecimiento del pensionado
La acta de nacimiento
CURP
El comprobante del último pago del pensionado.
Para solicitar la pensión debe ser de forma presencial en el área de Pensiones de la Subdelegación de Prestaciones adscrita a la Delegación Estatal o Regional que este más cercana al domicilio de la persona interesada en el trámite. En caso de ser aprobada, la beneficiaría recibirá el pago en los siguientes días.
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